Los inmuebles serán valorados siguiendo el método del mercado. El alquiler puede calcularse de tres maneras
La
nueva ley de arrendamiento de locales comerciales establece que el
canon debe ser actualizado luego de transcurrido un año de vigencia, de
acuerdo con la inflación registrada por el Banco Central de Venezuela en
el renglón “Bienes y servicios diversos”.
El
presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Aquiles Martini
Pietri, explicó que el último borrador revisado conjuntamente por el
gobierno y el sector privado establece tres manera para calcular el
canon: la primera corresponde a un monto fijo que resulta de aplicar una
fórmula aritmética sobre el valor del inmueble, el cual no se calcula
con la metodología de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de
Vivienda, sino con el método de avalúo de mercado y el de costo de
reposición.
El
margen de rentabilidad para los centros comerciales, en este caso, no
puede exceder de 24% en el primer año, mientras que para el resto de los
arrendadores equivaldrá al porcentaje del INPC de “Bienes y servicios
diversos”.
La
segunda es variable, pues corresponde a un porcentaje de las ventas que
será acordado entre las partes, y la tercera es una combinación de los
dos anteriores: un monto fijo mensual más un porcentaje de las ventas.
El
texto incluye una revisión del canon cuando el dueño haya realizado
mejoras al inmueble por el equivalente a 40% del valor inicial. También
agrega el pago de un condominio, que será administrado por un comité
paritario constituido por arrendadores y arrendatarios por igual.
El
órgano encargado de regular el arrendamiento delocales comerciales
será, según el proyecto, la Superintendencia de PreciosJustos.
Tal
como expresó el ministro de Vivienda y Hábitat lasemana pasada, el
proyecto también contiene las prácticas prohibidas. Martiniseñaló que
algunas de ellas son el subarrendamiento y el cobro de cánones quese
hayan calculado con métodos distintos a los establecidos a la ley.
Tambiénse prohibe el cobro de alquileres en dólares y de multas por la
no apertura dellocal comercial o por incumplimiento en el horario de
apertura, a menos quehayan sido acordadas previamente.
Adicionalmente,
se establecen los causales de desalojo.Entre ellas figura el
incumplimiento de dos cánones de arrendamiento seguidos.
Las
multas por incumplimiento de la ley, tanto paraarrendadores como
arrendatarios, puede llegar a las 2.500 unidades tributarias.
La
ley derogaría el decreto 602 publicado en noviembredel año pasado, el
cual fijaba el monto máximo del canon de arrendamiento en250 bolívares
por metro cuadrado.
abril 2014