sábado, 9 de junio de 2012

Condominios afrontarán dificultades para cumplir con Ley del Trabajo

Fuente: Entorno Inteligente
Fecha: 08-06-2012

Foto: Google
Venezuela  Redactar un contrato para solicitar los servicios de un trabajador residencial, tomar las decisiones de contratarlo o despedirlo mediante asambleas de propietarios, reconocer el horario flexible de la jornada laboral de 40 horas con 2 días de descanso y proporcionar los beneficios económicos que corresponden a las labores de consejería, son algunas de las cuestiones que deben asumir las juntas de condominio, desde la publicación en Gaceta Oficial, el pasado 8 de mayo, de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.

"El entorno laboral y la forma como se organizan las funciones están cambiando. Ahora esos asuntos no son sólo de la incumbencia de los abogados, sino también de los vecinos", afirmó Tibaire Altuve, abogada y experta laboral, en rueda de prensa organizada por Mi Condominio.com.

De acuerdo con la normativa, no sólo las empresas deben apegarse al marco legal. En la Ley Especial para la Dignificación de Trabajadores y Trabajadoras Residenciales, publicada en Gaceta Oficial el 6 de mayo de 2011, se establece que la junta de condominio es el patrón de los empleados residenciales.

Altuve considera que la estabilidad laboral que la Lottt da a los trabajadores residenciales es el punto crucial en la reglamentación. El despido injustificado fue suprimido, lo que obliga a presentar pruebas de las razones que lo motivaron o en su defecto negociar el final de la relación laboral.

Si el trabajador solicita reenganche en sus funciones y la Inspectoría del Trabajo lo concede, el condominio puede ser objeto de sanciones que incluyen prisión de 6 a 15 meses si se desacata la orden. "Lo importante es que las personas no teman aplicar las leyes, sino que se informen y no generen problemas innecesarios a la comunidad", destacó la especialista.

El sueldo integral aumentó debido al incremento mínimo de 15 a 30 días de utilidades de fin de año y de 7 a 15 días de bono vacacional. En caso de reposo, el condominio debe asumir el salario y contratar a un suplente, así como cumplir con el pago del bono alimenticio del trabajador.

Cuando se suspende la relación, el condominio tiene 5 días para pagar las prestaciones. "Muchos condominios lo acostumbran reunir el dinero para estas situaciones y cuando se trata de empleados con más de 15 años, el monto que se debe pagar es alto", dijo Altuve y explicó que el desacato genera intereses.

La reducción del período de prueba a 1 mes, es otro punto que se debe tomar en cuenta, pues si al llegar los 29 días se finaliza la relación, el empleado tiene 90 días para abandonar la vivienda asignada. "Algunos propietarios han decidido no darle las llaves a los conserjes hasta que vence el plazo de prueba.

Precisiones necesarias. En la ley especial para trabajadores residenciales se introdujeron parámetros en la regulación de las funciones del gremio, que modificaron las condiciones. <`r />
Para Altuve, quedó pendiente la creación de un glosario técnico, que especifique términos como labores de aseo, labores de limpieza, trabajo pesado.

"No hay un criterio técnico adecuado a la realidad venezolana", determinó.

lunes, 4 de junio de 2012

Banavih reinaugura Unidad de Información en Maracaibo


Con la finalidad de llegar a todo el territorio nacional, el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (Banavih), organismo administrador del  Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV), reinaugurará Unidad de Información, en Maracaibo, estado Zulia, este 01 de junio, para brindar asesoría en materia de ahorro habitacional a los zulianos.
Estas unidades de información tienen como objetivo desconcentrar los servicios del Banavih y facilitar a la población zuliana el acceso a los programas de financiamiento de vivienda. La oficina estará ubicada en la avenida 4, Bella Vista con calle 67 (Cecilio Acosta) Edificio Elizabeth (frente a la Torre Socuy), en Maracaibo, estado Zulia y atenderá al público de lunes a viernes en el horario comprendido de 8:00 am a 12:00 m, y  de 2:00 a 4:00 PM.
Asimismo, a través de estas oficinas será posible obtener información relacionada con el financiamiento para la autoconstrucción, ampliación de vivienda principal, asesoría pasos y requisitos para obtener un crédito hipotecario, otorgamiento del Subsidio Directo Habitacional, consulta de devolución de subsidio, entre otros trámites para el registro en el Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (FAVV). Igualmente, recibirán denuncias relacionadas con incumplimiento de los pagos destinados al FAOV por parte de los patronos y quejas contra el Operador Financiero.
Esta oficina se suma a las ya existentes en Barinas, Vargas, Miranda, Mérida, Táchira, Lara. Se tiene previsto inaugurar para este mes de junio las próximas Unidades de Información en los estados Apure, el 08, en Carabobo, el 12, en Cabimas, estado Zulia, el 15 y Falcón el 18.
Es importante resaltar, que el Fondo de Ahorro para la Vivienda y Hábitat (FAOV) permite a los trabajadores el acceso progresivo a financiamiento para la compra de vivienda principal. El pago de este aporte debe realizarlo el patrono los primeros cinco días de cada mes, a través de una institución financiera calificada por el Banavih.
El Banavih trabaja en aras de transmitir las políticas habitacionales promulgadas por el presidente Hugo Chávez Frías, para que más familias venezolanas se beneficien y accedan a los financiamientos hipotecarios para la adquisición de vivienda principal.

fuente: Banavih
fecha: 04-06-2012

domingo, 3 de junio de 2012

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